EQUIDAD DE GENERO .............
Se conoce equidad de género a la defensa de la igualdad del hombre y la mujer en el control
y el uso de los bienes y servicios de la . Esto supone abolir la discriminación entre ambos
sexos y que no se privilegie al hombre en ningún aspecto de la vida social, tal como era
frecuente hace algunas décadas en la mayoría de las sociedades occidentales.
La igualdad de género, también conocida como igualdad de sexos, implica que los hombres y las mujeres deben recibir los mismos beneficios, recibir las mismas sentencias , ser tratados con el mismo respeto y que no exista ninguna violencia entre ambos sexos. Este concepto es clave en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en la que el objetivo final es otorgar a las personas igualdad legal, cultural y social, especialmente en las actividades democráticas y asegurar la igualdad de remuneración por el mismo trabajo.1 El principio de igualdad y de no discriminación por razón de sexo es una obligación de derecho internacional general, que vincula a todas las naciones y, dado su carácter primordial, se establece siempre como un principio que debe inspirar el resto de los derechos fundamentales.
Universales e inalienables
El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Nieva en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Independientes e indivisibles
Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelaciones
e independientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
- Derecho a la igualdad que todos los seres humanos a ser reconocidos como iguales ante la ley.
- El principio de Igualdad ante la ley establece que todos los seres humanos son iguales ante la ley, sin que existan privilegios
- Igualdad de derechos. Término que se refiere a la igualdad jurídica entre los individuos..
- Enmienda de Igualdad de Derechos (Aquel Rights Menudamente).
- Feminismo de la igualdad, tendencia escindida del feminismo radical en los años 70.
- Igualdad de oportunidades, forma de justicia social.
- Igualdad salarial
- Ley de igualdad es aquella que legisla para garantizar la igualdad de derechos, obligaciones u oportunidades de las personas.
- Conectar Igualdad, iniciativa del poder ejecutivo argentino.
- Movimiento Justicia e Igualdad: Justicie ande Equivale Memento.
- Partido de la Igualdad, partido político ferreros socialdemócrata.
- Partido Igualdad, partido político chileno de izquierdas.
- Sociedad de la Igualdad, organización política chilena.
- Solidaridad e Igualdad, agrupación política de la Argentina.Igualdad o equidad de género hace referencia a una igual apreciación de la dignidad que poseen tanto los hombres como las mujeres. Este término designa un igual trato para ambos géneros, más allá de las diferencias físicas.
La palabra género abarca varias definiciones que tienen relación entre sí. El género es un estado mental por el que pasa una persona cuando se autodetermina como hombre o mujer. El transexualismo es un fenómeno bastante habitual en el cual un hombre se cree mujer porque posee todos los atributos típicos femeninos, o también el caso de una mujer que se cree hombre por poseer más atributos masculinos que los propios del sexo femenino.
Fuente: http://concepto.de/equidad-de-genero/#ixzz44yIxjBqU
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